Tres tipos de sanciones ADR: muy grave, grave y leve

11 de mayo de 2022

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 Conoce las características y desembolso de cada una

Existen sanciones por no cumplir la normativa ADR (Acuerdo Europeo sobre el transporte internacional de cargas peligrosas por vía terrestre) de tres tipos: de carácter muy grave, grave y leve.

1. Vamos a explicaros un poco más sobre cada una de ellas:Sanciones de carácter muy grave: suponen un desembolso de poco más de 4.000 euros. Puede ser por motivos como: carecer del certificado de aprobación del vehículo para el transporte a realizar; llevarlo caducado, o llevar uno distinto al exigido reglamentariamente a transportar mercancías peligrosas al amparo de las derogaciones temporales del ADR sin llevar los documentos relativos a las mismas en el vehículo, transportar mercancías peligrosas sin identificar la/s mercancía/s peligrosa/s transportada/s en la/s carta/s de porte, es decir, sanciones por el etiquetado ADR, entre otras.

2. Sanciones de carácter grave: oscilan entre los 400 y los 800 euros. Algunas de las sanciones que se incluyen en esta categoría son: transportar mercancías peligrosas sin que en la carta de porte figure la mención de formar parte de una cadena de transporte que incluya un recorrido marítimo o aéreo en su caso, no conservar una copia de la carta de porte o del documento de control, a disposición de la Inspección del Transporte Terrestre, durante un año, entre otras.

3. Sanciones de carácter leve: tienen un coste de poco más de 300 euros y puede darse por: no llevar a bordo del vehículo un documento de identificación con fotografía por cada miembro de la tripulación, cuando sea exigible y no llevar a bordo del vehículo los documentos obligatorios relativos al mismo, entre otras cosas.

Excepciones en el etiquetado ADR 

Existen algunas excepciones en el etiquetado ADR. Por ejemplo, cuando algunas de las mercancías peligrosas se transportan en pequeñas cantidades, ese transporte puede ‘librarse’ del etiquetado, siempre y cuando se identifique como ‘cantidad exceptuada’.

Por tanto, las cantidades exceptuadas no requieren de etiquetado habitual, en el que se incluye el tipo de riesgo de la mercancía.

Pero ¿Se puede transportar cualquier mercancía como ‘cantidad exceptuada’?No es posible enviar cualquier mercancía peligrosa como cantidad exceptuada. Para transportarse bajo este etiquetado será necesario comprobar si la materia peligrosa se encuentra en la tabla 3.2 del ADR en la columna 7b. Y es que,  cada una de las listas de mercancías peligrosas incluye tanto el número ONU, como el grupo de embalaje y el código de las cantidades exceptuadas.

Desde #ROMU esperamos que toda la información que te hemos dado sobre las sanciones sea muy útil ¡siempre al día! y ¡siempre a tu lado!

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